Trámites de extranjería
La situación administrativa de una persona extranjera en España se refiere a su estatus legal según las leyes de extranjería. Este estatus determina si puede residir, trabajar, estudiar, o acceder a determinados derechos. En función de diversos factores, como la duración de la estancia o la finalidad del viaje, existen diferentes categorías legales.
Clasificación General de la Situación Administrativa
1. Estancia
Es la permanencia temporal en España sin autorización de residencia ni trabajo, por un máximo de 90 días (prorrogable en algunos casos, como para estudiantes o voluntarios).
Tipos de estancia:
2. Residencia
Es la autorización para vivir en España durante más de 90 días.
Tipos de residencia:

3. Situación Irregular
Personas extranjeras que permanecen en España sin un permiso válido. No es delito, pero puede implicar sanciones o expulsión. Aun así, existen vías de regularización, como los arraigos o autorizaciones excepcionales.
Extranjeros de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo
Los ciudadanos comunitarios tienen derecho a residir y circular libremente por España. Se requiere la obtención de uno de los siguientes documentos:
Certificado de Registro de la Unión Europea (Tarjeta Verde)
Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión (TFC)
Extranjeros Extracomunitarios: Régimen General
Estancia
Residencia Temporal
Residencia Larga Duración
Tras 5 años legales y continuos. Permite trabajar y vivir como un ciudadano español.
Regularización de Extranjeros en Situación Irregular
Arraigo (Real Decreto 1155/2024)
Hasta el 20/05/2026 puede solicitarse un permiso excepcional si se ha recibido denegación de asilo y se lleva al menos 6 meses en situación irregular.
Modalidades de arraigo:
Otras Autorizaciones Excepcionales
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